Regulación del alquiler en Cataluña 2024: Nuevas normas y sanciones en vigor

El 26 de abril de 2024, entró en vigor el Decreto Ley 6/2024, que amplía la regulación de los precios de los alquileres a todos los arrendamientos temporales, exceptuando aquellos con fines de ocio, vacaciones o recreativos, así como los alquileres de habitaciones. Esta medida se implementa a pesar de las consecuencias ya evidentes de la regulación de precios en Cataluña, que ha generado una escasez de oferta y un aumento descontrolado de los precios.

El Decreto Ley 6/2024 debe ser ratificado por el Parlamento de Cataluña dentro de los 30 días hábiles siguientes a su promulgación, de lo contrario, será derogado. Esta nueva normativa prohíbe el aumento de los precios de los alquileres temporales destinados a fines laborales, profesionales, de estudio, atención médica u otras situaciones de tiempo limitado que cubran necesidades de vivienda permanente, aunque sean de duración temporal.

Las claves de este nuevo decreto ley que afecta al alquiler temporal y de habitaciones incluyen la obligación de especificar la finalidad en el contrato de alquiler temporal. Además, se establece un límite máximo para el precio del alquiler en contratos temporales, y se regulan los alquileres de habitaciones para evitar la elusión de la normativa de contención de rentas.

Es obligatorio que los contratos de alquiler por habitaciones incluyan la causa del alquiler, y de lo contrario se considerará que se trata de una vivienda permanente, aplicándose entonces el tope de los alquileres. También se exige información específica en los contratos, como el precio máximo del alquiler basado en índices de referencia y la condición de gran tenedor del propietario.

La normativa también afecta a la publicidad de los alquileres, requiriendo que se incluya información sobre el precio de referencia del alquiler, la renta del último contrato y la condición de gran tenedor del propietario. Se establecen sanciones para el incumplimiento de estas disposiciones, desde multas leves hasta graves, dependiendo de la infracción.

Además, se prevé un derecho de tanteo y retracto a favor de la Generalitat en la venta de ciertas viviendas ubicadas en zonas tensionadas y pertenecientes a grandes tenedores. Sin embargo, aún no se ha creado el registro de grandes tenedores, lo que limita temporalmente el ejercicio de este derecho.
Regresar al blog